Clase 1 El Proceso Civil Y Mercantil



DESCRIPCIÓN: El derecho procesal civil y mercantil se entiende como una sucesión concatenada de compartimientos estancos, a fin de ordenar y desarrollar el proceso. Para ello, cada etapa tiene una serie de normas de procedimiento a las que hay que ajustarse para que el proceso sea válido, esto es, legal y jurídicamente válido con fuerza de ley

OBJETIVOS:
Brindar información acerca de los medios de la impugnación que se en el proceso civil y mercantil.




Fortalecer el mecanismo procesal mediante las objeciones mediante las partes tienen la oportunidad de oponerse a un juez o tribunal.




DESARROLLO:





LA OBJECIÓN UN MEDIO DE IMPUGNACIÓN SEGÚN NUESTRO CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL



CONCEPTO GENERAL
Objeción: Razón que se propone o dificultad que se presenta para rechazar o negar una idea o una propuesta.

CONCEPTO JURÍDICO

Objeción: Es el mecanismo procesal mediante el cual las partes tienen la oportunidad de oponerse ante el Juez o Tribunal respecto de la Admisibilidad de alguna evidencia o prueba q se pretende introducir ,por considerar que es contrario a DERECHO ya que a la Audiencia lo único que se llevaran son los hechos controvertidos.


A QUIEN SE PUEDE OBJETAR?


1) Al Abogado que violen las reglas del Interrogatorio.
2) Al Testigo que contesta lo que no se le pregunta o que contesta más de lo que se le pregunta
3) Al Juez que afecte la Imparcialidad del mismo con el interrogatorio directo.
4) A las partes en su comportamiento con relación a la seriedad de la Audiencia




Ya que en todo caso lo que se tiene que objetar son aquellas pruebas que se pretenda introducir en plena Audiencia con violación de las reglas de procedencia y legalidad según lo tipifica el ARTICULO 407 del código de procedimientos civiles ya que ese ARTICULO 407 se debe utilizar en las audiencias preparatoria según el proceso común uno de los grandes objetivos por los cuales se objeta es porque se trata de testimonio de referencia y que se emita opinión sin haberse presentado como persona especializada y a la vez cuando el declarante contesta más de lo que se le pregunta y cuando el declarante no contesta como se le ha indicado porque al preguntar sobre hechos ya declarados no los cita bien el declarante.


REQUISITOS DE LA OBJECIÓN
  •  Oportuna
  •  Pertinente
  • Correcta

QUE SE OBJETA DEL JUEZ:

a) El interrogatorio aclaratorio según lo regula el artículo #369 del código de procedimientos civiles
b) cuando se transgrede el deber de imparcialidad.


QUE SE OBJETA DEL ALEGATO FINAL

Se objeta cuando se pretende sorprender al Juez o Tribunal introduciendo elementos que no se dirigen de lo acontecido en la Audiencia según lo estipula el Artículo #413 del código de procedimientos civil y mercantil.


VIDEO DE PROCESO CIVIL Y MERCANTIL









2 comentarios:

  1. Esta bien interesante y bonito tu blog compañera!!!

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  2. Una de las asignatura mas interesante de la carrera, muy buena información

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